Nacionalidad colombiana y doble nacionalidad con España
Colombia admite la doble nacionalidad, y España la admite con Colombia por el convenio de doble nacionalidad de 1979. Eso significa que no hay que renunciar a nada en ninguno de los dos sentidos.
Tu caso, en una tabla
| Situación | ¿Pierdes alguna nacionalidad? | Dónde se resuelve |
|---|---|---|
| Naciste en Colombia | No | Nada que tramitar: ya eres colombiano |
| Naciste en España de padre o madre colombianos | No | Registro civil en el consulado, gratis |
| Colombiano que obtiene la nacionalidad española | No, por el convenio de 1979 | Nada que declarar ante el consulado |
| Español que quiere la colombiana | No | Cancillería colombiana, no el consulado en España |
| Renuncia o recuperación de la colombiana | Sí, es el objeto del trámite | Ventanilla consular, con cita concertada |
Cada caso tiene su camino
La regla que sí hay que cumplir
La ley colombiana exige que los nacionales entren y salgan de Colombia con documento colombiano. Tener pasaporte español no exime de llevar el colombiano en vigor si vas al país: en el mostrador de Migración, un doble nacional es colombiano y punto.

La consecuencia práctica: si tu pasaporte colombiano está caducado y tienes viaje, renuévalo antes. Aparecer en El Dorado solo con el español convierte la escala en un problema.
Y el pasaporte tarda. Si la fecha del vuelo aprieta, el pasaporte de emergencia cuesta 90 € frente a los 63 € del ordinario, y esa diferencia es el precio de haberlo dejado para el final.
Documentar al hijo nacido en España, en orden
- Inscribir el nacimiento en el consulado: es gratis y documenta la nacionalidad que ya tiene.
- Con el registro hecho, pedir el pasaporte colombiano del menor.
- A los siete años, la tarjeta de identidad.
- Antes de un viaje sin los dos padres, el permiso de salida del menor, que cuesta 9 €.
Inscribirlo en el consulado no le quita la española: el convenio de 1979 protege justamente esa convivencia de las dos.
Renuncia y recuperación
Se puede renunciar a la nacionalidad colombiana y también recuperarla después. Los dos son trámites consulares de verdad, de los pocos de esta guía que sí pasan por ventanilla.
En varias oficinas requieren cita concertada por correo, no por el sistema general: Las Palmas lo dice expresamente, y su agenda funciona entera por correo electrónico. Los siete sistemas están comparados en cómo pedir cita.
Qué llevar si tu caso pasa por el consulado
- Cédula colombiana y pasaporte, los que tengas y en el estado en que estén.
- El documento que prueba el otro lado: certificado de nacionalidad española o registro civil español.
- Los nombres escritos igual en todos los papeles: la discrepancia detiene el expediente.
- Cita concertada por la vía que tu consulado indique para este trámite en concreto.
Qué documentos te van a pedir fuera
Para acreditar la nacionalidad colombiana ante una autoridad española sirve la cédula o el pasaporte, y para acreditarla en un expediente que exija papel oficial, el registro civil apostillado.
Ese apostillado no lo hace el consulado: se pide en línea, y está explicado en la guía de la apostilla. Los antecedentes penales siguen el mismo camino y suelen ir en el mismo expediente.
Errores que enredan el expediente
Creer que hay que renunciar a la española cuando el convenio de 1979 dice lo contrario. Ese es el primero y el más extendido.
El segundo es dejar al hijo sin registro «porque ya tiene la española»: la colombiana no se documenta sola, y sin registro no hay cédula ni pasaporte.
Y el tercero es viajar a Colombia solo con el pasaporte español, el tropiezo que se descubre en el aeropuerto y con el peor calendario posible.
consuladoscolombia.es es una guía informativa independiente sobre los consulados de Colombia en España. No somos el Consulado de Colombia, ni la Embajada, ni ningún organismo oficial. No gestionamos ni vendemos citas: son gratuitas y se piden en el propio consulado.
Datos comprobados el 23 de agosto de 2026 contra la web de cada consulado y de la Embajada; pueden cambiar sin previo aviso.
